ISSN: 2007-7033 | Núm. 54 | e1008 | Sección abierta: artículos teóricos (ensayo) |

La responsabilidad social universitaria.
Misión e impactos sociales

University social responsibility. Mission and social impacts

Luz Marina Ibarra Uribe*

César Darío Fonseca Bautista**

Rosana Santiago García***

En este artículo se revisa uno de los planteamientos teórico-conceptuales que sobre el paradigma de responsabilidad social universitaria (RSU) ha desarrollado François Vallaeys: los impactos sociales en el contexto de las organizaciones y su aplicación en una de las 14 universidades públicas de educación superior que en México pronuncian desempeñarse bajo el paradigma de la RSU. Se trata de un estudio de caso (Stake, 2007) cuyo objetivo es analizar cómo la institución incorporó y asumió en su posicionamiento ético-político-filosófico el concepto de RSU y su tránsito a lo que aspiró ser. La metodología empleada es de corte cualitativo-hermenéutico. Al amparo discursivo de ese paradigma y retomando su misión institucional, esta universidad amplió su cobertura y presencia en la entidad, lo que generó tensiones y conflictos con la autoridad educativa federal que la sumieron en una profunda crisis de viabilidad y sustentabilidad.

Palabras clave:

responsabilidad social
universitaria,
misión,
impacto social, ética y política

This article reviews one of the theoretical-conceptual approaches about the paradigm of University Social Responsibility (USR), developed by Fraçois Vallaeys: Social impact in organization context and its application in one of the 14 public universities of higher education in Mexico that performs under the USR paradigm. The objective is analyzing how that institution added and assumed its ethical-political-philosophical positioning to the USR concept and its leap to what it may become: A Socially Responsible University. Metodología. To the discursive shelter of that paradigm and taking into consideration its institutional mission, this university increased its coverage and presence in Morelos. The above-generated tension and conflicts to the Federal education authority. Part of these impacts has a deep crisis of viability and sustainability.

Keywords:

university social
responsibility,
mission,
social impact,
ethics and politic

Recibido: 4 de junio de 2019 | Aceptado para su publicación: 7 de febrero de 2020 |

Fecha de publicación: 6 de abril de 2020

Recuperado de: https://sinectica.iteso.mx/index.php/SINECTICA/article/view/1008

doi: 10.31391/S2007-7033(2020)0054-011

* Doctora en Educación. Profesora-investigadora de la Universidad Autónoma de Morelos. Líneas de investigación: trayectorias escolares, ética y valores profesionales. Correo electrónico: marina.ibarra@uaem.mx

** Doctor en Educación. Docente-investigador de la Universidad Autónoma de Morelos. Línea de investigación: política educativa en México. Correo electrónico: cesarfonseca@uaem.mx

*** Doctora en Sociología. Profesora-investigadora de la Universidad Autónoma de Chiapas. Líneas de investigación: ciencias sociales, sociología, humanidades y estudios regionales. Correo electrónico: rsantiagogarcia@hotmail.com

Introducción

Hablar de responsabilidad social universitaria (RSU) es una tarea que en los últimos años se ha tornado difícil. El concepto ha venido construyéndose y recientemente modificándose en función de la disciplina que lo propone y de la corriente teórico-política de sus autores. Este paradigma se hace más complejo cuando, sumado a lo anterior, se tienen que tomar en cuenta los contextos, situaciones y condiciones en los que se asume y pretende cumplirse esa responsabilidad social. Las condiciones actuales a las que el Estado ha sometido y condicionado el desarrollo de las instituciones de educación superior públicas en México han orillado a estas a tomar decisiones que representan, en el mejor de los casos, verdaderos dilemas; esto, cuando no se han visto involucradas en procesos que enrarecen la misión de estas instituciones y ponen en entredicho la confianza y la esperanza que la sociedad ha depositado en ellas.

El objetivo de este trabajo es revisar cómo una universidad estatal pública mexicana incorporó y asumió en su posicionamiento ético-político-filosófico el concepto de RSU y analizar su tránsito a lo que la institución en cuestión denominó como el ser una universidad socialmente responsable (USR) y cómo puso en práctica ese planteamiento en un contexto político específico. De una diversidad de problemas que se generaron y que enfrentó la institución educativa, nos enfocamos en la ampliación de la cobertura en el servicio educativo. La Universidad Autónoma del Estado Morelos (UAEM) es la institución de educación superior pública del país que, en el sexenio pasado, presentó el mayor crecimiento de su matrícula; debido a ello, tuvo que desplegar una construcción inédita en su historia de espacios en diversos municipios de la entidad a través de dos vías: por un lado, financiamiento directo y, por otro, endeudamiento privado, además de la contratación del personal docente administrativo necesario para la atención de los estudiantes.

La ausencia de una adecuada planeación de este crecimiento, el nulo apoyo del gobierno estatal –causado por la tensión existente entre este y el gobierno universitario– y la falta de una gestión previa de recursos ante las instancias federales correspondientes –al amparo de la autonomía universitaria– ocasionaron una grave crisis que se sumó a rezagos y problemas históricos y estructurales de la institución que la mantienen hoy en graves problemas de subsistencia. Lo anterior impacta de modo negativo tanto a la población beneficiada con la atención educativa como a toda la comunidad universitaria, e incluso pone en riesgo su sustentabilidad.

Estado de la cuestión

Después de revisar literatura sobre el tema objeto de estudio, arribamos a algunas conclusiones. El concepto RSU, como lo señala Hirsch (2012), se encuentra en construcción permanente, ya que la responsabilidad –desde el ámbito de la universidad– se ha abordado permanentemente desde diversas dimensiones y enfoques, lo que ha permitido ensanchar los límites del concepto y enriquecer su contenido al ir descubriendo nuevas perspectivas de él.

Escalante, Ibarra y Fonseca (2016), con base en una revisión documental, exponen la evolución del concepto de responsabilidad social corporativa, su adopción en el campo educativo y su aplicación como RSU en el contexto mexicano. Su trabajo analiza las acciones emprendidas por una universidad pública estatal mexicana, en las que se muestra la resignificación del mencionado paradigma materializado en el lema institucional: “Por una universidad socialmente responsable”.

Dichos autores también presentan la conceptualización de la responsabilidad social empresarial y como esta se va adoptando en el ámbito educativo, particularmente en la educación superior, para desembocar en lo que se ha denominado RSU. Describen el desarrollo de la noción de RSU en el contexto mexicano relacionado con la función social de la universidad pública, la cual se adoptó en México con base en el consenso generado por la Asociación Nacional de Universidades e Instituciones de Educación Superior (Anuies). Escalante, Ibarra y Fonseca (2016) concluyen que, para su estudio, la RSU se traduce en acciones como constituir una planta docente certificada como coadyuvante de la formación de los estudiantes; ofrecer a la sociedad programas educativos evaluados o certificados con estándares de calidad que faciliten el desempeño laboral de los egresados; implementar acciones orientadas a la recuperación de la función social de la universidad pública estatal; y ampliar la cobertura –incluyendo a personas con necesidades educativas especiales– para atender a una población cada vez mayor de jóvenes en diversas comunidades. Para ello, se crearon nuevas unidades académicas distribuidas en el territorio estatal y un tipo de vinculación social y política con el entorno para apoyar demandas y reclamos de los sectores más vulnerables y en condiciones de marginalidad frente al Estado.

Por otra parte, al traspasar fronteras geográficas, el concepto RSU ha bifurcado sus objetivos, como lo muestra el estudio de Martí, y   (2018), quienes revisan la legislación sobre la RSU en universidades de Brasil, Perú y España. Estos autores encontraron que, en las universidades sudamericanas, las prácticas en el marco del paradigma analizado se circunscriben a las actividades tradicionales de la extensión universitaria o servicios a la comunidad; en cambio, la ruta de la universidad española va más hacia una vinculación de la institución con el desarrollo económico a fin de preparar al estudiantado para la competencia en escenarios de mercado educativo y del conocimiento. Mientras que en Brasil y Perú la universidad diseña su pertinencia social a partir de las realidades propias de países no desarrollados, la universidad española relaciona la RSU con el paradigma de la sociedad del conocimiento y el compromiso de formar para la competencia global.

El trabajo citado muestra cómo el mismo concepto (RSU) redefine a la universidad entre la dualidad de priorizar el desarrollo económico o la búsqueda del desarrollo social. Es una realidad que el surgimiento ininterrumpido y el creciente número de las instituciones educativas privadas con relación a las de sostenimiento público hacen necesario precisar cuáles son las responsabilidades que estas instituciones deben asumir para que la “educación superior suponga un bien público y no se limite a un servicio condicionado por oferta y demanda en un mercado de libre comercio” (Martí, Calderón Fernández, 2018, p. 121).

Tradicionalmente, en América Latina, la universidad pública ha sido considerada un actor comprometido en la construcción de nuevos horizontes para la edificación de sociedades más justas y equitativas. Por ello, y para reafirmar ese rol, la institución universitaria debe refrendar su papel transformador y empezar por ella misma, al asumir cada vez más una postura de mayor responsabilidad, transparencia y escrupulosidad en lo que hace, lo que proyecta y lo que aporta a la sociedad, tal cual lo señalan Beltrán, Íñigo y Mata (2014), quienes toman en cuenta la interacción entre universidad y sociedad: “Formación, investigación, liderazgo social y compromiso son los elementos sustantivos que determinan el formato de esta relación para hacer efectiva su incidencia social” (p. 16).

Aldeanueva et al. (2015) ofrecen aportes conceptuales y teóricos del concepto de la RSU desarrollados a largo de las últimas décadas, y exponen investigaciones efectuadas por destacados especialistas en el tema, como Gaete, de Chile, Fernández, de Perú, y Hirsch, de México (citados en Aldeanueva et al., 2015).

En 2006, Hirsch, desde la Universidad Nacional Autónoma de México, aglutinó a quince universidades del país, públicas y privadas, en torno al “Proyecto interinstitucional de ética profesional”, en cuyos inicios se centró en investigar aspectos relacionados con la formación ética en académicos y estudiantes universitarios para intentar identificar una cierta proyección respecto del desempeño laboral de los futuros profesionistas, apegado a principios ético-profesionales. La base teórica de este proyecto procede de la ética profesional, del análisis de las competencias y las actitudes y creencias que muestran las personas; en la medida que se fue desarrollando y ampliando, se vinculó al modelo de RSU y se enfocó en la revisión del marco que orienta las acciones universitarias, las percepciones de los jóvenes y las jóvenes sobre ética profesional y las relaciones que pueden establecerse con la responsabilidad social (Chávez 2016).

Otro texto relevante para el tema de nuestro estudio es el de Arango et al. (2016), que reunió a expertos iberoamericanos de ambos campos. Dicho trabajo nace en el marco de tres dinámicas: ética profesional, la RSU y el III Encuentro Internacional de Rectores, organizado por la Red Universia, que congregó más de mil rectores de universidades iberoamericanas que suscribieron la Carta Universia Río 2014, en la que se establecieron compromisos hacia la constitución de un espacio iberoamericano de conocimiento socialmente responsable. Por limitantes de espacio, no podemos dar cuenta de la vasta literatura generada en los últimos años acerca del tema, en particular la referente a la génesis y evolución del concepto RSU. En este contexto, nuestro trabajo pretende aportar al estudio de la RSU y sus impactos sociales.

Concepto de responsabilidad social

Heredero de la responsabilidad social corporativa o empresarial, el concepto de RSU emerge en Latinoamérica en el siglo XXI en la búsqueda por construir una identidad propia, como resultado de los esfuerzos pioneros del proyecto “Universidad construye país”, producto de las aportaciones de académicos universitarios chilenos (Navarro, 2002). Ello, entre otros aspectos, por la idea generalizada e histórica de que la educación superior en general, y la universitaria en particular, tiene como uno de sus principales objetivos promover el desarrollo nacional y alcanzar, a través de este, el bien común, el cual deberá ser promovido con alto nivel de responsabilidad no solo científica, sino ética, social y moral; en resumen: la universidad por su propia naturaleza debe ser una institución con alto nivel de responsabilidad social.

Si bien la RSU encuentra su antecedente directo en el concepto del ámbito corporativo empresarial, es claro que el primero debe tener una orientación distinta a raíz de que el segundo tiene como prioridad alcanzar el máximo beneficio empresarial (maximización de beneficios), “… por lo que, para no perjudicar su imagen y reputación social, deben gestionar e informar que el logro de ese objetivo principal no genera externalidades negativas a los ciudadanos y demás personas interesadas en la actividad de la empresa” (Larrán y Andrades, 2015, p. 93). Lo anterior no se acerca, ni con mucho, al objetivo de la RSU; su propio objetivo central ha sido el motor de su génesis y su existencia, la idea de que la universidad pública, al ser una institución sin fines de lucro y estar fundamentalmente al servicio de la sociedad, ha creado la imagen de que esta no necesita informar sobre los impactos de su quehacer, ya que este se considera de beneficio social y no de perjuicio alguno.

De acuerdo con Vallaeys (2007), este paradigma universitario emergente –por lo menos en su versión latinoamericana– fue construyendo y consolidando una concepción de universidad socialmente responsable, basada en la gestión de cuatro tipos diferentes de impactos que ocasiona toda institución de educación superior por su propia existencia, a saber: los que produce por existir y por su composición; los derivados de la formación de sus estudiantes; los que son producto del conocimiento generado y, por último, los que resultan de sus relaciones e interacción con el entorno social, sus posturas, su hacer o su omisión, redes, contrataciones, relaciones de extensión y vecindario, participaciones sociales, económicas y políticas.

No obstante, en la actualidad, algunas universidades públicas estatales se han extralimitado –por diferentes motivaciones y objetivos– y han actuado de manera cuestionable e indebida al trastocar el marco normativo que regula sus procedimientos. Esta situación, originada por diversas autoridades universitarias y avaladas por sus órganos colegiados, ha puesto en evidencia la necesidad de reflexionar hasta dónde es justificable el logro de un objetivo, una meta o de la propia misión institucional, si se coloca en entredicho la responsabilidad social de la institución, incluso cuando esas transgresiones o irresponsabilidades cometidas al amparo de la autonomía universitaria deriven de un interés institucional manifiesto por cumplir con las metas señaladas por el gobierno federal. En cualquier caso, los impactos de la transgresión minan la imagen y la responsabilidad social que les ha sido conferida a esas instituciones:

En el ámbito de la educación superior, hay que tener en cuenta que las universidades, principalmente de titularidad pública, gozan de un alto grado de autonomía en la toma de sus decisiones estratégicas y de gestión cotidiana. Su fuente principal de financiación son las transferencias que reciben de las administraciones públicas. A cambio, tienen la inexcusable obligación de rendir cuentas ante la sociedad tanto de la utilización dada a los fondos recibidos como del grado de consecución de los objetivos planteados (Santos, Núñez y Alonso, 2007, p. 94).

A pesar de la claridad en el planteamiento de su carácter de instituciones autónomas respecto a la toma de decisiones para la gestión de actividades propias de su quehacer, lo cual no incluye el ejercicio financiero sin transparencia y apegado a los procedimientos establecidos legalmente para su operación, en ocasiones, las instituciones de educación superior públicas del país –argumentando el principio de autonomía– han obviado la obligatoriedad de rendir cuentas y ello ha llevado a la comisión de ilícitos, lo que ha provocado, en los últimos años (a varias de ellas), graves problemas, como crisis económicas y descrédito, que ponen en riesgo su viabilidad y sustentabilidad, así como otras consecuencias de alto impacto social.

Nos referimos a ilícitos cometidos que se han hecho públicos y que no son, de ninguna manera, justificables por el tipo de impactos negativos que generan, y dejan al descubierto opacidad en los manejos presupuestarios, que se han traducido en la duda, el escepticismo y el cuestionamiento social. Como muestra reciente de esto, tenemos el caso de “la estafa maestra”, en el que diversas universidades públicas del país se involucraron en una operación –por lo menos carente de transparencia– que puso al descubierto determinado tipo de vinculación entre ciertas universidades, dependencias del gobierno federal y algunas empresas denominadas “fantasmas”, lo cual, además de ser de un alto nivel de irresponsabilidad social, también lo es de falta de ética y moral:

… saber que en esta operación están involucradas instituciones públicas de educación superior que cobraron comisiones millonarias por fungir como mediadoras para subcontratar empresas fantasmas resulta además de sorpresivo, muy triste y desmoralizante para una sociedad que aún tiene a las universidades entre las instituciones sociales confiables por su honestidad y comportamiento ejemplar.

Tal parece que estas universidades –y no sabemos cuántas más responden hoy a la pregunta de Morin afirmando que sí, que las universidades deben adaptarse a la sociedad incluso en sus aspectos más aberrantes. Porque si la sociedad actual está marcada por la corrupción, la impunidad y la búsqueda insaciable de dinero sin importar los medios para conseguirlo, estas instituciones se han adaptado a esta distorsión social volviéndose cómplices de la corrupción que domina al parecer casi todos los espacios sociales en la actualidad (López, 2017).

Ello hace de la RSU un tema altamente pertinente y relevante de estudiar, el cual debe empezar por revisar el concepto mismo a la luz del marco contextual actual en el que se ha colocado a las instituciones educativas en tela de juicio.

La responsabilidad social

La responsabilidad social (RS) como concepto y constructo ha experimentado geográficamente una evolución gradual y diversa, lo cual dificulta no solo su definición, sino también precisar su fecha y lugar de nacimiento. No obstante la dificultad para definirla, Vallaeys, De la Cruz y Sasia (2008) encuentran que, en cualquier definición, subyace la aspiración de un desarrollo sostenible, “la preocupación por las consecuencias ambientales y sociales de la actividad humana o de las organizaciones. La exigencia ética de sostenibilidad invita a redefinir los modelos de gestión de las organizaciones y los territorios locales, nacionales y regionales” (p. 6).

Vallaeys (2009) señala que, a pesar de la dificultad que representa la existencia de la diversidad conceptual, se puede partir de puntos esenciales como el acatamiento de normas éticas universales de gestión en la búsqueda de un desarrollo más humano y sostenible, como un nuevo modo de gestión de las organizaciones basado en estándares éticos internacionalmente reconocidos para la promoción de “buenas prácticas”. La bondad de estas prácticas organizacionales se relaciona con la búsqueda de un desarrollo más justo (más “humano”) y más sostenible. También, la RS puede ayudar a abordar una gestión de impactos que focaliza la atención de los directivos y miembros de una organización hacia los efectos directos y colaterales que sus decisiones y actividades provocan dentro y fuera de la organización.

La RS invita a integrar dentro de la política de gestión de la organización el punto de vista de todos los grupos de interés (stakeholders) que puedan, en forma directa o indirecta, estar afectados por la organización o afectarla. Desde luego, es una filosofía de gestión profundamente orientada hacia la democratización de los procesos de toma de decisión y la lucha contra el “autismo organizacional” (Vallaeys, 2009).

Este parece ser un planteamiento ideal y una mera ilusión en función de lo que sucede en muchas universidades, en las que, al igual que en la sociedad, hay una lucha permanente por la obtención de diversos bienes (escasos y apreciados): riqueza, poder y prestigio, lo que origina la creación de lo que Collins (2000) denomina grupos de estatus (grupos asociativos que comparten culturas comunes), los cuales se aglutinan en torno a intereses específicos que pueden ser económicos, sociales o políticos. Al igual que en otras esferas de la sociedad, estos grupos convergen dentro de las instituciones universitarias en una relación de conflicto, en virtud de la diferencia de intereses que los aglutinan y es, a partir de las posiciones de poder que ocupan, la forma organizacional que toma la vida universitaria.

La complejidad de la realidad universitaria hace difícil la conceptualización de la RS; no obstante, Vallaeys, De la Cruz y Sasia (2008) abonan a su comprensión al tomar como punto de partida aquello que para ellos no es la RS; buscan, así, arribar a una conceptualización por la vía de la negación. Para ellos, la RS no es una acción filantrópica, sino un nuevo sistema de gestión; no es una moda pasajera, sino una obligación universal para asegurar la sostenibilidad social y ambiental de nuestro modo de producir y consumir en un planeta frágil donde todos tenemos los mismos derechos a mínimos de bienestar y a una vida digna. La RS no es una función más de la organización; es un modo permanente de operar basado en el diagnóstico y la buena gestión de sus impactos directos e indirectos. Finalmente, la RS no es aplicable solo al ámbito empresarial; también concierne a todas las organizaciones sociales, con fines o no de lucro, públicas o privadas, locales o extranjeras.

En ese sentido, las universidades públicas no están exentas de incorporar la RS a su quehacer. Para Vallaeys (2009), la RSU es “… una política institucional integral que se encarga de la gestión de todos los impactos sociales (internos y externos) que la universidad genera, en diálogo participativo con los diversos grupos de interés (internos y externos) que pueden ser afectados por dichos impactos” (pp. 23-24). Para este autor, ninguna universidad puede autoproclamarse socialmente responsable, pero todas deben responsabilizarse por sus vínculos e impactos sociales. “La responsabilidad social no admite parcialidad ni segmentaciones: no se pueden desarrollar actuaciones responsables en un ámbito y dejar otros ocultos a la mirada ética” (Vallaeys, 2009, p. 2). La responsabilidad es una exigencia ética por los impactos que toda institución genera a la sociedad. Por ello, según, el planteamiento de Larrán y Andrades (2015):

Si existen unos principios que han sufrido un proceso de institucionalización más claro en los últimos tiempos, éstos han sido los que se relacionan con la responsabilidad social. Este proceso de institucionalización al que hacemos referencia encuentra su marco teórico en la llamada teoría institucional, que destaca como una de las teorías de la organización que más atención presta al entorno (Vaca et al., 2007). Este enfoque se centra en los aspectos del contexto institucional en el que están inmersas las organizaciones, donde se establecen como factores clave de éxito la conformidad con las reglas y normas institucionales, dada la necesidad de las organizaciones de alcanzar con sus acciones su aceptación, legitimidad o prestigio (Llamas, 2005, p. 98).

Sin embargo, la institucionalización es un proceso que pasa primero por el planteamiento de reglas y luego por la obligatoriedad de su cumplimiento, en el cual la coerción y sistematización de su aplicación juegan un papel importante; solo la constancia en su ejercicio generará que la institucionalización se dé. La institucionalización de la RSU es el primer paso para lograr el buen funcionamiento de las universidades, pero sin descuidar el involucramiento y compromiso de los diversos actores que confluyen en la universidad.

La responsabilidad social universitaria en México

En las postrimerías del siglo XX podemos ubicar el surgimiento del paradigma de la RS en las universidades mexicanas tal como se concibe hoy. Gracias a su autonomía, a estas les resulta menos complicado asumir ciertos compromisos y condiciones naturales frente al mencionado modelo.

Después de una serie de cumbres y encuentros ministeriales en Iberoamérica, la adopción del paradigma de la RSU “ingresó” a México a través de la Anuies, la cual, a principios del siglo XXI, se dio a la tarea de elaborar propuestas orientadas al fortalecimiento integral de las universidades. Estos ejercicios generaron condiciones para fundamentar una propuesta de RSU en el país que fue retroalimentada por las instituciones asociadas y se materializó en el documento Inclusión con responsabilidad social. Una nueva generación de políticas de educación superior (2012), cuyo principal objetivo fue, y sigue siendo, ampliar las oportunidades de acceso de los jóvenes a una educación superior en la búsqueda por elevar la calidad de vida de todos los mexicanos y mexicanas.

En México, la educación superior se disemina en universidades públicas federales, públicas estatales, públicas estatales con apoyo solidario, privadas, tecnológicas, politécnicas, interculturales, institutos tecnológicos, centros públicos de investigación y escuelas normales públicas y particulares. A pesar de la diversidad de opciones educativas, según la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE, 2014), los porcentajes de cobertura en educación media superior y superior son, en el caso de México, los más bajos entre los países miembros de ese organismo.

Paradójicamente, frente al reiterado pronunciamiento de la autoridad federal (durante el sexenio 2012-2018) sobre la importancia estratégica de ampliar la cobertura de la educación superior, la participación del Estado se ha ido restringiendo, al mismo tiempo que el régimen de sostenimiento privado se incrementa cada año y expande la red de universidades particulares: de 809 universidades privadas que funcionaban en 1995 pasaron, en 2002, a 1,253, es decir, 444 instituciones nuevas; esto equivale al 72% del incremento nacional de las instituciones educativas de educación superior (Senado de la República, 2002). Así, a inicios de la década de los noventa del siglo XX, el 33% de la cobertura estaba a cargo de instituciones privadas; quince años después este porcentaje aumentó al 52% (CESOP, 2005).

Otro elemento paradójico es que, desde 2011, las garantías individuales plasmadas en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos fueron elevadas a derechos humanos, entre ellas está el de la educación. Visto de esta manera, hubo necesidad de armonizar el artículo 3º constitucional, en el cual se plasma este derecho; no obstante, este no fue reformado y si bien hace referencia a que la educación debe ser universal, gratuita, laica y obligatoria, también el mismo artículo cita que lo es exclusivamente para la educación básica. No fue sino hasta 2012 cuando se amplió esta obligatoriedad a la educación media superior y, en 2019, a la educación superior. A pesar de ser un derecho humano, es evidente que la cobertura no es suficiente y mucho menos adecuada ni pertinente para atender las necesidades; aún dista de observar el acatamiento de la norma constitucional; en este sentido, no se cumple con el precepto de que la educación es un derecho humano y, por ello, tampoco se respeta el principio de RSU.

Metodología

La metodología empleada para este artículo es de corte cualitativo-hermenéutico. Se trata de un estudio de caso (Stake, 2007) cuya intención es analizar en profundidad la manera en que se aplica el paradigma de la RSU en la UAEM, institución de educación superior pública del Estado mexicano que se caracterizó por aplicarlo. Elegimos esta institución porque, además de ser una de las catorce universidades que en México manifiestan desempeñarse bajo esa orientación filosófica, producto de ello ha enfrentado diversos dilemas y confrontaciones con el poder político estatal, los cuales la han colocado en una crisis que la mantiene al borde de la parálisis.

Hicimos una revisión de la literatura existente sobre el tema en documentos institucionales de la Anuies y de la propia UAEM, así como una búsqueda hemerográfica de artículos periodísticos para complementar la información acerca del problema en estudio.

Para analizar la concreción del nuevo posicionamiento ético-político-filosófico que adoptó la autoridad universitaria y socializó con la comunidad de esta institución educativa, contrastamos programas, proyectos y acciones de la institución y su vinculación y acompañamiento con demandas y luchas sociales y políticas de sectores en condiciones de marginalidad en la entidad. Para clarificar la postura de la autoridad universitaria, llevamos a cabo un análisis de contenido de una entrevista estructurada al entonces rector de la institución.

De la responsabilidad social universitaria a una universidad socialmente responsable: el caso de la Universidad Autónoma del Estado de Morelos, México

La UAEM es una universidad pública estatal que, en el concierto de las 34 universidades de este tipo en México y de acuerdo con los indicadores considerados por la Secretaría de Educación Pública (SEP), se ubica en el séptimo lugar en el ranking de estas universidades. Cabe precisar que el 90.2% de sus programas educativos de licenciatura se encuentran acreditados como programas de calidad y el 42% de los de posgrado están inscritos en el Padrón Nacional de Programas de Calidad del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología (Conacyt).

En 2019, la UAEM ofreció un total de 7,500 espacios educativos para la educación superior y 3,800 en la media superior. La última matrícula general reportada asciende a 43,154 estudiantes, que representan el 40.2% de la matrícula de educación superior en el estado de Morelos. Esta universidad cuenta con nueve unidades de nivel medio superior y 35 de nivel superior que conforman los centros e institutos de investigación, las escuelas, facultades y sedes regionales, distribuidos en 22 de los 33 municipios de la entidad (UAEM, portal electrónico oficial).

Una de las prioridades y los compromisos sociales asumidos por la UAEM en la administración 2012-2018, como expresión de su RS, fue ampliar su cobertura para brindar una oportunidad de formación al mayor número posible de jóvenes morelenses. En el marco de las metas nacionales establecidas en el Programa Sectorial Educativo 2012-2018 (SEP, 2013), se planteó como indicador de incremento la cobertura del servicio educativo superior, y pasar del 32% en 2012-2013 al 40% para el ciclo escolar 2018-2019; en reiteradas ocasiones, la autoridad federal exhortó a las instituciones de educación superior públicas a implementar estrategias y acciones para lograr la meta programada. La UAEM alcanzó “el 40.6 por ciento de cobertura en el nivel superior, en matrícula, infraestructura y programas de estudio con calidad académica, por lo que rebasó la meta trazada por el gobierno federal de aumentar la cobertura de educación superior al 40 por ciento, destacó el rector Gustavo Urquiza Beltrán” (UAEM, portal electrónico).

Por experiencia, sabemos que en el sistema educativo nacional alcanzar dichas metas va más allá de solo invitaciones o exhortos a las instituciones; hay de por medio bolsas de recursos presupuestarios adicionales concursables que motivan a las instituciones a avanzar en sintonía con esas. En ese contexto, en 2017, la matrícula de la UAEM alcanzó la cifra de 41,093 estudiantes en los diferentes niveles educativos (bachillerato, técnico profesional, licenciatura, especialización, maestría y doctorado) (UAEM, portal electrónico); es decir, de 2011 a 2018, la matrícula de licenciatura creció un 91.1%, en tanto que, en el posgrado (exclusivamente en programas incluidos en el Padrón Nacional de Programas de Calidad del Conacyt), el crecimiento para el mismo periodo fue del 69%; sin duda, un crecimiento relevante e impactante en el contexto nacional para una universidad tipificada como de desarrollo medio, y la cual, durante muchos años, ha demandado –sin conseguirlo– un tratamiento presupuestario federal más equitativo y similar al de otras universidades equiparables:

Gustavo Urquiza (actual rector) refirió que la SEP no ha explicado las razones por las que la UAEM recibe un promedio de 48 mil 900 pesos de subsidio por estudiante, mientras que la media nacional es de 60 mil pesos por estudiante, lo que genera un déficit de cerca de 20 mil pesos a la institución por cada uno de ellos […] detalló que de las diez universidades públicas estatales en crisis, seis tienen un subsidio por debajo de la media nacional, por ello, dijo que se está gestionando ante las autoridades federales que la institución reciba al menos los 60 mil pesos de subsidio por estudiante para poder subsanar el déficit presupuestal (UAEM, 2018). 

El argumento –por demás loable– para justificar un crecimiento en la matrícula tan elevado, según el entonces rector de la institución (2012-2018), era que había que continuar abriendo más espacios educativos para ampliar las oportunidades de acceso a más jóvenes morelenses y lograr que todo aquel que demandara la oportunidad de estudiar contara con un espacio para formarse. Además de extender la cobertura en el servicio educativo universitario por encima del 90%, la administración universitaria determinó, para apoyar a los estudiantes, eliminar el pago de matrícula, esto con el consabido efecto para la institución al ver reducidos sus ingresos propios. Sin embargo, posteriormente, tuvo que retractarse y cobrarles a los estudiantes, ya no bajo el concepto de matrícula, sino como pago de servicios.

Otro de los indicadores relevantes para la UAEM es su planta académica de profesores investigadores de tiempo completo, la cual

… continúa siendo una de las grandes fortalezas de nuestra institución. Actualmente contamos con 505 profesores investigadores de tiempo completo (PITC), de los cuales 279 pertenecen al Sistema Nacional de Investigadores y 430 tienen doctorado. Además, nos posicionamos en primer lugar, a nivel de las Universidades Públicas Estatales del país, en PITC con perfil deseable, con el 86.4%. En cuanto a la competitividad académica, el 89.30% de nuestra matrícula de licenciatura está en programas educativos de calidad, así como el 90.28% de nuestra matrícula de posgrado (UAEM, 2017, p. 18).

En la mencionada administración universitaria, el lema institucional histórico de la UAEM, “Por una humanidad culta”, se vio complementado con la rúbrica final: “Por una universidad socialmente responsable”. No obstante, en el Plan Institucional de Desarrollo 2012-2018, la frase aparece en una sola ocasión. Esto pudo deberse a que la concepción de “universidad socialmente responsable” es resultado del trabajo de la administración en los cuatro años de gestión. La RS de la UAEM se entiende como:

Nuestra responsabilidad social y compromiso ético-político nos obligan a imaginar y construir nuevas alternativas incluyentes que aseguren el ingreso a nuestra universidad de todos los jóvenes que así lo reclamen. […] Dada la urgencia de restituirles a los jóvenes la esperanza de una vida digna, mantendremos vivo el compromiso de luchar porque tengan un lugar en la UAEM, y la exigencia indeclinable ante la federación y el gobierno estatal de que se les garantice ese derecho (UAEM, 2017, p. 18).

Es oportuno recordar que, en la política educativa federal del sexenio 2012-2018, la estrategia para aumentar la cobertura en educación superior descansaba sobre todo en las opciones de universidades tecnológicas y politécnicas; no estaba en el plan sexenal incrementar las plazas educativas en las universidades de “corte tradicional” (como sería el caso de la UAEM) ni mucho menos en programas educativos considerados de alta saturación en el mercado o no trascendentales para el desarrollo nacional.

A lo anterior, hay que agregar y reconocer que la UAEM, en aras de atender cada año a una mayor cantidad de jóvenes demandantes de servicio educativo, fue actuando recurrentemente al margen de los procedimientos y la racionalidad técnica que impone la autoridad educativa federal, al crear unidades académicas y programas educativos que demandaron la contratación de una gran cantidad de docentes para atender a los nuevos estudiantes y que, en términos financieros, no contaban con el respaldo presupuestario de la SEP. “Otro de los problemas deficitarios para la UAEM es que no le son reconocidas por la SEP y la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, 774 plazas académicas, más 27 mil 174 horas de docencia” (entrevista con Álvaro Zamudio Lara, coordinador general de Planeación y Administración, UAEM, 2018).

Todas estas erogaciones económicas se hicieron al amparo de la autonomía universitaria, pero no siempre con el beneplácito, respaldo y autorización de la SEP, ni con la aprobación de recursos extraordinarios por parte de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público. Esta actitud institucional fue asumida por lo menos de dos maneras: una, la UAEM estaba dando respuesta a la sociedad al abrir oportunidades educativas a los jóvenes morelenses en un contexto difícil por la inseguridad social; y dos, la UAEM estaba actuando de manera irresponsable, pues esa ampliación de la matrícula estudiantil trajo consigo la edificación de obra física (para albergar a la creciente población universitaria) como nunca antes y, en consecuencia, la contratación de un número significativo de profesionales. Según Miranda (2017):

Desde julio de 2014, el rector Alejandro Vera Jiménez comprometió la estabilidad financiera de la Universidad Autónoma del Estado de Morelos (UAEM) al suscribir un contrato de crédito con el Banco Interacciones hasta por 600 millones de pesos. Como garantía de pago ofreció el total de sus ingresos, provenientes de 2.5% del subsidio estatal, con vencimiento original al 13 de marzo de 2018, un día antes de concluir su cargo.

Para la adquisición del monto destinado para “el desarrollo de infraestructura” contó con el respaldo del Consejo Universitario (CU), pero no enteró al Congreso de la entidad a pesar de que el Presupuesto de Egresos para ese año estableció la prohibición para que los órganos autónomos contrajeran obligaciones que comprometieran recursos en ejercicios fiscales posteriores.

Así, en tan solo cuatro años, la UAEM, de tener presencia en la entidad en seis de los 33 municipios, pasó a edificar o habilitar unidades académicas en 26 de ellos.

La política de llevar la universidad a la población resultó plausible para los municipios beneficiados, los estudiantes y la población en general; los primeros por contar con instalaciones universitarias dentro de su territorio; los segundos, por tener un mayor acceso a la universidad; y los terceros, porque se abrieron algunas fuentes de empleo, rutas de transporte, servicios de comida, papelerías, etcétera.

Sin embargo, la ausencia de un análisis de factibilidad hizo que varios problemas surgieran rápidamente, por ejemplo, baja matrícula y poca calidad educativa derivada de la carencia de formación, perfil profesional y experiencia de los profesores recién incorporados. Lo anterior comenzó a generar dudas importantes en la población, las cuales se exacerbaron cuando el entonces rector de esta casa de estudios manifestó de manera abierta su motivación e interés por contender por la gubernatura del estado:

El ex rector de la UAEM, Alejandro Vera Jiménez, se registró como candidato del partido Nueva Alianza para la gubernatura de Morelos. ¿La intención real era llevar los beneficios y el impacto de una institución como la universidad a todos los rincones de la entidad para posibilitar un mayor ingreso de los jóvenes o era parte de una estrategia política territorial? (Miranda, 2018).

Además, con el afán de lograr una resignificación de la institución como “paradigma de lo público, ágora por excelencia donde se pueden expresar las virtudes cívicas y, por tanto, de participación en los asuntos públicos” (UAEM, 2015, p. 20), sus espacios comenzaron a albergar actividades de diálogo político con una pluralidad de actores sociales locales, cuyo denominador común era la búsqueda de soluciones a problemas que aquejan y lastiman a los sujetos sociales en cualquier ámbito (local, nacional o global).

Este es el objetivo que se ha planteado la UAEM, de asumir un papel social proactivo en busca de permitir a los sujetos “reivindicar su derecho a una vida digna y exigen [sic] legítimamente el reconocimiento de su otredad en términos de concepción del mundo y formas de vida; su derecho a postular y construir otras modernidades y globalizaciones posibles; su legítimo derecho a la resistencia frente a todo tipo o forma de dominación o despojo” (UAEM, 2015, p. 21).

Para ello, la UAEM se asumió como gestora de demandas y reivindicaciones de derechos y de recursos presupuestarios ante autoridades federales y estatales en apoyo tanto de grupos sociales vulnerables en la entidad como para sí misma. Una de las formas de gestoría de la institución con la sociedad fue reorientar el servicio social para insertar a los estudiantes en instituciones públicas y grupos sociales, y lograr, en un proceso dialéctico, el intercambio y la retroalimentación de saberes y experiencias a fin potenciar la presencia y quehacer de la universidad. De esta manera, la UAEM se asumió congruente con su posición ético-política.

La UAEM mantuvo la decisión de contribuir a recuperar la política como espacio digno de debate, resistencia y construcción de nuevas formas de vida. Confirmó la elemental tesis de que la política desprendida de su dimensión ética no conoce límites. Esta decisión propició la emergencia de una universidad fortalecida en el ejercicio de su autonomía y más legitimada socialmente, frente a poderes e intereses que la quisieron ver sumisa, subordinada al poder político, ajena a los problemas sociales reales, e inevitablemente sometida a las leyes del mercado. Desde una posición personal, el rector de la UAEM declaró:

Creo que estamos siendo una universidad que está asumiendo de manera muy particular una responsabilidad. En este sentido tenemos ya una Dirección de Atención a Víctimas, estamos trabajando en un programa muy decidido para darle a todos y cada uno de los que sufren violencia, no solo violencia por la delincuencia, también la violencia doméstica [y] la violencia de género, espacios que permitan contar con el apoyo de especialistas de la universidad y también con el acompañamiento adecuado para gestionar [atención] ante otras instituciones. Podríamos decir que, en este sentido, muy general […] estamos sintetizando lo que entendemos como una universidad socialmente responsable (Vera, 2015).

En diciembre de 2014, la UAEM recibió el reconocimiento nacional “Empresa incluyente Gilberto Rincón Gallardo”, que otorga el Poder Ejecutivo federal a través de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social por la inclusión en la plantilla laboral de personas con algún tipo de discapacidad, adultos mayores o grupos vulnerables, y promover políticas y prácticas de inclusión laboral. Cabe mencionar que la UAEM cuenta tanto en actividades académicas como administrativas con una población laboral de 272 personas de sesenta años o más y catorce con alguna discapacidad.

Para la UAEM, este posicionamiento es la expresión de la evolución del concepto de RSU a la USR, lo cual implica decidir a quiénes sirve como institución. El posicionamiento ético-político que subyace a estas ideas bien encaja en los aportes de Arendt (2009, p. 255), que propone el rescate de la libertad humana a través de la acción. El reto de la UAEM como USR es generar las condiciones para que esto sea posible. Se asume el carácter utópico de la postura, pero se reconoce que, a final de cuentas, la educación es en sí una utopía en el sentido de que sirve para caminar, buscar para hacer senderos y no exclusivamente para llegar a algún lado (UAEM, 2015).

En el último año de la administración universitaria 2012-2018, la Rectoría reconoció y denunció que se enfrentó a fuertes presiones presupuestarias y violencias políticas de orígenes diversos que intentaron impedir el cumplimiento de su RS. Para esa administración, la USR implicaba un compromiso solidario, académico y ético-político, en especial con aquellos que, insertos en la sociedad en un momento histórico concreto, están cosificados, deshumanizados, excluidos, invisibilizados, sin mayor posibilidad de un futuro digno, es decir, con aquellos que perversamente se consideran como inexistentes (UAEM, 2017).

La UAEM mantuvo en su discurso la visión de una universidad comprometida con la solución de los problemas sociales que, provocados por el modelo de desarrollo dominante, requieren atención urgente. En suma, el compromiso y la RS de la UAEM significaban imaginar nuevas utopías para un nuevo proyecto de país; abrirle paso a la esperanza, rechazar el dogma del pensamiento único y cerrarle el paso a la falsa ideología que postula el “fin de la historia”. Estas son condiciones de posibilidad para contribuir a la construcción colectiva de un mundo donde quepan muchos mundos.

En esta situación se tomaron decisiones que parecieron ser contradictorias al planteamiento relacionado con la atención a la demanda:

… hay una tensión dinámica porque nuestra posición como universidad socialmente responsable, si bien considera la diversificación en la oferta educativa en distintos campus y sedes que hemos venido construyendo y generando, también demanda que esos servicios y programas se implementen con la misma calidad [de] todos nuestros programas. Ahí se da una tensión muy fuerte, porque a veces por querer cumplir con este indicador de ampliar e incrementar la matrícula, está la tentación de hacerlo sin la calidad suficiente [o pasando por alto las prescripciones sobre la aplicación de los recursos públicos]. Entonces esto para nosotros sería una contradicción y una tensión dinámica y en ese sentido es que estamos buscando que los espacios educativos que se están construyendo tengan la calidad que requieren los jóvenes para su formación y que cumplan con todos los requerimientos que se establecen en materia de infraestructura educativa (Vera, 2015).

La universidad socialmente responsable en entredicho

En septiembre de 2017, una investigación periodística difundió lo que se conoció a nivel internacional como “La estafa maestra”, un mecanismo institucionalizado utilizado por el Ejecutivo federal mexicano, plagado de vacíos y huecos en la ley, que facilita la entrega de cuantiosas sumas de dinero a universidades públicas –sin ningún tipo de licitación– para que realicen productos o servicios demandados por las dependencias del gobierno federal, los cuales casi nunca son realizados por las instituciones educativas, sino que estas los reasignan a otras empresas, en el caso denunciado, empresas “fantasmas”, empresas inexistentes, que desaparecen el dinero. Este mecanismo ha sido empleado por el gobierno federal por lo menos en los últimos doce años, y en los últimos seis el desvío ascendió a 7,670 millones de pesos (Roldán, Castillo y Ureste, 2018). Lo singular de este procedimiento es que no se hace de manera directa, sino a través de la intervención de algunas universidades públicas que sirven como mediadoras para triangular estos desvíos y hacer más complicado el seguimiento del dinero, además de que, involucrar en el mecanismo a instituciones de educación superior públicas, cubre las operaciones con un cierto velo de aparente nobleza y transparencia. No obstante, por la opacidad en el procedimiento y, sobre todo, por la poca transparencia con la cual se asigna a las universidades participantes “una comisión” por su participación, así como por la falta de verificación acerca del cumplimiento de los productos o servicios solicitados, “resulta además de sorpresivo, muy triste y desmoralizante para una sociedad que aún tiene a las universidades entre las instituciones sociales confiables por su honestidad y comportamiento ejemplar” (López, 2017).

Estas instituciones, en aras de brindar una mayor cobertura universitaria, se adaptaron a esta distorsión social y se volvieron cómplices de la corrupción. Con ello, una universidad pierde su sentido más profundo y su propia razón de ser, toda vez que la relación entre ella y la sociedad debe vivir en una tensión entre lo complementario y lo antagónico. En este sentido, las universidades deben adaptarse a las exigencias válidas de la sociedad en su desarrollo histórico, pero también culturizar la modernidad difundiendo los saberes, ideas y valores de la herencia que recibimos del pasado, además de recrearlos, ya que formarán en el futuro parte de esa herencia. La universidad debe ser por ello conservadora, regeneradora y generadora (López, 2017).

Resulta lamentable que universidades públicas, que en esencia han sido creadas sin fines de lucro, que fueron concebidas y defendidas para cumplir una función y compromiso social, que han sido llamadas a asumir el papel de ser una conciencia crítica de la sociedad y que, además, para muchos jóvenes, significan no solo una formación ciudadana y profesional, sino también el único canal de movilidad social y económica, se encuentren involucradas y desacreditadas en este tipo de gestiones marcadas por la opacidad. Participar en estas acciones, las aleja de la tarea y del compromiso que, históricamente, se les ha delegado como reservorios y transmisores de la cultura y de los bienes más preciados del quehacer humano, la incansable búsqueda de lo verdadero y la defensa de la justicia.

La participación de universidades públicas en este tipo de procedimientos llama a reflexionar sobre la urgente necesidad de hacer un profundo ejercicio de introspección sobre el quehacer y los alcances y limitaciones de la responsabilidad social de estas instituciones. Establecer y reconocer los límites entre la autonomía y la responsabilidad social y los impactos sociales que puede generar una decisión, aun cuando esta se justifique con las mejores y más nobles intenciones.

Es necesario revisar a la luz de los tiempos actuales, de las presiones políticas de que son objeto las instituciones de educación superior pública a través de condicionamientos presupuestarios, cuál debe ser la RS de las diferentes autoridades universitarias, incluyendo, por supuesto, los órganos colegiados que validan, legitiman o aprueban decisiones de los funcionarios. Preguntarnos ¿qué tipo de autonomía requiere la universidad, para qué y hasta dónde?

Estas reflexiones nos pueden ayudar a desandar los pasos en que se ha extraviado en los últimos años una de las instituciones modernas más nobles, confiables y depositaria de la esperanza de la sociedad. Una universidad pública no puede, bajo ningún argumento ni justificación, actuar con opacidad y sin una transparente rendición de cuentas sobre el ingreso y uso de sus recursos.

Comentarios finales

En el caso abordado, habría que pensar si la ampliación de las oportunidades de acceso a la formación universitaria depende exclusivamente de extender la cobertura, de llevar la universidad a los estudiantes, generar mayor infraestructura y masificar los servicios educativos. Los estudiantes incorporados a la UAEM a través de esta cobertura inédita a lo largo del territorio estatal no fueron atendidos en las mismas condiciones que gozan quienes acuden al campus o sede principal de la universidad. Consideramos que abrir la universidad a los jóvenes o, incluso, “llevárselas” a sus localidades es un primer paso, pero resulta del todo insuficiente e inequitativo. Por otra parte, la confrontación abierta con el poder político estatal activó como respuesta una reacción gubernamental para hacer menos fluida la gestión financiera y administrativa, sin contar las campañas de denostación sobre la institución y su quehacer en perjuicio de esta misma.

En una situación de quiebra técnica, como la que padece crónicamente la UAEM, caracterizada por la falta de recursos presupuestarios para garantizar su viabilidad estructural, así como el desacato de la autoridad universitaria a la planificación diseñada por la autoridad educativa y hacendaria federal para regular la oferta y la operación de las universidades públicas mexicanas, desencadenó y aceleró su parálisis. Lo anterior, sin duda, ensombrece la certidumbre y el futuro inmediato y mediato de la institución y de su comunidad.

La comunidad trabajadora de la UAEM vive un clima permanente de inseguridad sobre su futuro laboral, profesional y salarial, alimentado por rumores y versiones que circulan a diario por los pasillos de la institución. En los últimos veinte meses, los trabajadores han enfrentado desde retrasos en el pago de sus salarios, cancelación de incrementos salariales, prestaciones sindicales conculcadas, estímulos al desempeño académico no pagados y la amenaza de la falta de dinero para salarios y gastos de operación. Esta situación genera un impacto negativo traducido en inseguridad de los padres de familia y los jóvenes aspirantes para ingresar a la institución.

Justo aquí es cuando surgen más preguntas que respuestas, más dilemas que certezas: en aras de ofrecer más oportunidades de educación universitaria, ¿se justifica hacerlo con menoscabo de la calidad educativa? ¿Quién podría estar en desacuerdo de abrir espacios de oportunidades educativas a esos jóvenes? ¿Qué tan válido es comprometer a toda la institución para lograrlo? ¿Es socialmente responsable poner en riesgo la viabilidad de la institución por confrontaciones con el poder estatal debido a motivaciones personales o políticas e ideológicas? ¿Ofrecer educación superior a más jóvenes justifica hacerlo en condiciones que no garantizan una adecuada formación? ¿Hasta dónde una institución actúa con responsabilidad sin medir los impactos de sus decisiones, por más plausibles que sean los propósitos?

Con base en Vallaeys, podemos preguntar ¿qué tan responsable es el proceder de las autoridades universitarias frente a los impactos que son resultado de su interacción social, sus posturas político-ideológicas, su proceder en cuanto a la falta de apego a la normativa presupuestaria y las formas poco claras de establecer vinculación con programas federales, así sea para invertir en la construcción de instalaciones para ofrecer el servicio educativo a un número mayor de jóvenes?

En virtud de lo anterior, consideramos que el caso estudiado revela una enorme contradicción en relación con la RSU o USR, ya que los hechos evidencian que las autoridades de la universidad, lejos de considerar y prever los impactos sociales y asumir una verdadera responsabilidad más allá de la retórica, han hecho exactamente lo contrario: perjudicar a la institución y a los diversos actores que convergen en ella al hipotecar su desarrollo, prestigio y sustentabilidad.

Finalmente, es necesario mencionar que las instituciones educativas de tipo superior debieran, como principio fundamental de su quehacer, no solo convertirse en instituciones socialmente responsables, sino, y a partir de ello, considerar la RSU como un eje de formación transversal en cualquiera de sus programas educativos. Nos referimos en particular a que los planes y programas de estudio incluyan, de manera transversal y sin importar el área de conocimiento, reflexiones éticas de compromiso del ser humano con su entorno natural y social, y en apego estricto al respeto de los derechos humanos.

Referencias bibliográficas

Aldeanueva, F. et al. (2015). Experiencias iberoamericanas en responsabilidad social universitaria. Medellín: Funlam.

Anuies (2012). Inclusión con responsabilidad social. Una nueva generación de políticas de educación superior. México.

Arango, O. et al. (2016). Ética profesional y responsabilidad social universitaria: universidad, sociedad y sujeto. Medellín: Funlam.

Arendt, H. (2009). La condición humana (5ª reimpresión). Argentina: Paidós.

Beltrán, J., Íñigo, E. y Mata, A. (2014). La responsabilidad social universitaria, el reto de su construcción permanente. Revista Iberoamericana de Educación Superior, vol. V, núm. 14, pp. 3-18. https://doi.org/10.22201/iisue.20072872e.2014.14.128

CESOP (2005). Informe sobre la educación superior en México. Recuperado de file:///FATSE001%20Informe%20sobre%20la%20educacion%20superior% 20en%20Mexico.pdf

Chávez, G. (2016). Ética profesional y responsabilidad social universitaria. Percepciones de los estudiantes de licenciatura. En Olber Eduardo Arango Tobón et al. Ética profesional y responsabilidad social universitaria: universidad, sociedad y sujeto (pp. 200-209). Medellín: Funlam.

Collins, R. (2000). Situational stratification: A micro-macro theory of inequality. Social Theory, vol. 18, núm. 1, pp. 17-43.

Escalante, A., Ibarra, L. y Fonseca, C. (2016). La responsabilidad social universitaria en una universidad pública mexicana: la UAEM. En Douglas A. Izarra Vielma (coord.). Experiencias y perspectivas en ética profesional y responsabilidad social universitaria en Iberoamérica (pp. 166-190). Venezuela: Universidad Pedagógica Experimental Libertador/Instituto de Mejoramiento Profesional del Magisterio/Núcleo Académico Táchira/Centro de Investigación Educativa Georgina Calderón.

Hirsch, A. (2012). Elementos teóricos y empíricos sobre la responsabilidad. Edetania. Estudios y propuestas socioeducativas, núm. 42, pp. 11-23. Recuperado de https://revistas.ucv.es/index.php/Edetania/article/view/229

Larrán, J. y Andrades, J. (2015). Análisis de la responsabilidad social universitaria desde diferentes enfoques teóricos. Universia, núm. 15, vol. VI, pp. 91-107. Recuperado de http://ries.universia.net

López, M. (11 de septiembre de 2017). La Estafa Maestra y la reforma universitaria pendiente. Portal electrónico e-consulta.com. Recuperado de http://www.e-consulta.com/opinion/2017-09-11/laestafamaestra-y-la-reforma-universitaria-pendiente

Martí, J., Calderón, A. y Fernández, A. (2018). La responsabilidad social universitaria en Iberoamérica: análisis de las legislaciones de Brasil, España y Perú. Revista Iberoamericana de Educación Superior, vol. 9, núm. 24, pp. 107-124. Recuperado de http://dx.doi.org/10.22201/iisue.20072872e.2018.24.264.

Miranda, J. (3 de agosto de 2017). suscribió contratos con banco por 600 millones de pesos; con crédito, infraestructura académica creció 20%: Vera. El Universal.

Miranda, J. (12 de marzo de 2018). Ex rector de la UAEM se registra como candidato de Nueva Alianza. El Universal.

Navarro, G. (2002). Responsabilidad social de la universidad: hoy y mañana. En La universidad construye país. Chile: Universidad Construye País.

OCDE (2014). Nota País. Panorama de la educación 2014. México. Recuperado de http://www.oecd.org/edu/Mexico-EAG2014-Country-Note-spanish.pdf

Roldán, N., Castillo, M. y Ureste, M. (2018). La estafa maestra. Graduados en desaparecer el dinero público. México: Editorial Planeta.

Santos, J., Núñez, M. y Alonso, I. (2007). Responsabilidad social en las universidades: necesidad de la elaboración de una memoria de sostenibilidad consensuada. Cuadernos Aragoneses de Economía, vol. 17, núm. 1, pp. 127-146.

Senado de la República (2002). La educación superior privada en México: una aproximación. Documento de trabajo del Área de Política Social del Senado de la República. Revista Perfiles Educativos, vol. 24, núm. 97-98, pp. 128-146. 

SEP (2013). Programa Sectorial de Educación 2013-2018. México. Recuperado de http://www.sep.gob.mx/work/models/sep1/Resource/4479/4/images/PROGRAMA_SECTORIAL_DE_EDUCACION_2013_2018_WEB.pdf

Stake, R. E. (2007). Investigación con estudio de casos (4a. ed.). Madrid: Morata Editores.  

UAEM (11 de noviembre de 2018). UAEM cumplió con la meta nacional de ampliación de matrícula. Boletín de prensa 2625. Recuperado de https://www.uaem.mx/difusion-y-medios/publicaciones/boletines/uaem-cumplio-con-la-meta-nacional-de-ampliacion-de-matricula

UAEM (2017). Quinto Informe de Actividades 2016-2017. Dr. Jesús Alejandro Vera Jiménez. Recuperado de http://www.uaem.mx/organizacion-institucional/rectoria/files/quinto-informe-de-actividades-2016-2017.pdf

UAEM (2015). Tercer Informe de Actividades 2014-2015. México.

UAEM (2013). Plan Institucional de Desarrollo (PIDE) 2012-2018. México.

UAEM (en línea). Portal de Transparencia. Recuperado de www.uaem.mx/transparencia.

Vallaeys, F. (octubre de 2009). La responsabilidad social universitaria. ¿Cómo entenderla para quererla y practicarla? Ponencia presentada en el I Evento Nacional de Servicio Comunitario de las Facultades de Ciencias, realizado en la Facultad de Ciencias de la Universidad Central de Venezuela. Recuperado de http://saber.ucv.ve/ojs/index.php/rev_scfc/article/viewFile/4768/4576

Vallaeys, F. (2007). Responsabilidad social universitaria. Propuesta para una definición madura y eficiente. Programa para la Formación de Humanidades. Instituto Tecnológico de Estudios Superiores de Monterrey, México. Recuperado de http://www.bibliotecavirtual.info/wp-content/uploads/2011/12/Responsabilidad_Social_Universitaria_Francois_Vallaeys.pdf

Vallaeys, F., De la Cruz, C. y Sacia, P. (2008). Responsabilidad social universitaria. Manual de primeros pasos. México: McGraw-Hill Interamericana/Banco Interamericano de Desarrollo.

Vera, J. (2015). Entrevista al doctor Jesús Alejandro Vera Jiménez, rector de la UAEM para el periodo (2012-2018), concedida a César Darío Fonseca Bautista y Ana Esther Escalante Ferrer, en la UAEM.