ISSN: 2007-7033 | Núm. 61 | e1536 | Sección temática: artículos teóricos (ensayo)

La cárcel como territorio de construcción colectiva: reflexiones sobre la práctica extensionista


The prison as a territory of collective construction:
Reflections on the extension practice

Malena García*

El objetivo de este artículo es reflexionar sobre el territorio carcelario como ámbito de intervención pedagógica para desarrollar propuestas de extensión universitaria con perspectiva de género, situadas en la Universidad Nacional de La Plata, Argentina. Las reflexiones surgen como parte de la labor docente en el curso de posgrado “Educación en cárceles. Aportes para construir estrategias político-pedagógicas de intervención educativa con perspectiva de género”, destinado a extensionistas graduados/as y docentes de un programa de capacitación y actualización docente. Dicho espacio abordó la transversalización de la perspectiva de género como punto de partida para elaborar estrategias pedagógicas que permitan la problematización y erradicación de las violencias, desigualdades y estereotipos de género en el ámbito carcelario.

Palabras clave:

educación en cárceles, extensión universitaria, perspectiva de género, contexto de encierro

The following article seeks to reflect on the prison territory as a field of pedagogical intervention to develop university extension proposals with a gender perspective, located at the National University of La Plata, Argentina. The reflections arise as part of the teaching work in the postgraduate course "Education in prisons. Contributions to build political-pedagogical strategies for educational intervention with a gender perspective" aimed at UNLP graduate extension agents and teachers, within the framework of the Teacher Training and Update Program. The educational space sought to address the mainstreaming of the gender perspective as a starting point to develop pedagogical strategies that allow the problematization and eradication of violence, inequalities and gender stereotypes in the prison environment.

Keywords:

education in prisons, college extension, gender perspective, confinement context

Recibido: 17 de enero de 2023 | Aceptado para su publicación: 28 de junio de 2023 |

Publicado: 4 de julio de 2023

Cómo citar: García, M. (2023). La cárcel como territorio de construcción colectiva: reflexiones sobre la práctica extensonista. Sinéctica, Revista Electrónica de Educación, (61), e1536. https://doi.org/10.31391/S2007-7033(2023)0061-003

* Doctoranda en Comuncación por la Universidad Nacional de La Plata. Becaria del CONICET. Líneas de investigación: estudios de género, integración comunitaria después de la cárcel, inclusión sociolaboral a partir del rol de las organizaciones sociales y el sector del cooperativismo. Correo electrónico: malena_garcia@live.com

Introducción

En este artículo reflexionamos sobre el territorio carcelario como ámbito de intervención pedagógica para formular propuestas de extensión universitaria con perspectiva de género, situadas en la Universidad Nacional de La Plata (UNLP), Argentina. Las reflexiones retoman parte de la labor docente en el curso de posgrado “Educación en cárceles. Aportes para construir estrategias político-pedagógicas de intervención educativa con perspectiva de género”, destinado a extensionistas graduados/as y docentes de la UNLP, en el marco del Programa de Capacitación y Actualización Docente coordinado por la Asociación de Docentes Universitarios de La Plata (ADULP) y la Secretaría Académica de la UNLP.

El citado curso surge como propuesta del programa de extensión Voces que Liberan, de la Facultad de Periodismo y Comunicación Social de la UNLP, que organiza talleres pedagógicos para la producción de relatos radiales y escritos de personas privadas de la libertad que participan en espacios educativos, tanto de nivel universitario como del ciclo secundario. Estas se encuentran detenidas en el Servicio Penitenciario Bonaerense en las unidades carcelarias 01 (Lisandro Olmos, La Plata), 08 y 33 (Los Hornos, La Plata) y 09 (Villa Elvira, La Plata).

Desde la visión de la comunicación con perspectiva de género, se intenta, a partir de estos talleres, favorecer procesos de desnaturalización de los estereotipos de género y las masculinidades hegemónicas, en articulación con la Secretaría de Derechos Humanos de la Facultad de Periodismo y Comunicación Social de la UNLP. El curso se ofreció en el segundo cuatrimestre de 2022 y abordó la transversalización de la perspectiva de género como punto de partida para elaborar estrategias pedagógicas que permitan la problematización y erradicación de las violencias, desigualdades y estereotipos de género en el ámbito carcelario.

La UNLP reconoce la extensión como una de las funciones básicas del trabajo académico, al igual que la enseñanza y la investigación. Comprende la extensión como un vínculo, un encuentro con actores sociales que la exceden, pero que son constitutivos y necesarios de una lógica colectiva de producción de conocimiento. Los proyectos de extensión universitaria abarcan un conjunto de acciones planificadas destinadas a producir y crear transformaciones de un aspecto, tema o área determinada; también se busca que los mismos proyectos sean construidos junto con los actores de la comunidad a partir de los temas priorizados en conjunto.

La UNLP cuenta con amplia trayectoria educativa en cárceles, con actividades que implican la enseñanza de grado y posgrado; el dictado de tecnicaturas o diplomaturas; la formación laboral en oficios; el acompañamiento a liberados/as; la realización de actividades culturales y la promoción de grupos de estudio; la educación no formal y la extensión. Existen programas de fortalecimiento de trayectorias educativas, como el Programa de Acompañamiento Universitario en Cárceles (perteneciente a la Presidencia de la UNLP); el Programa de Educación Superior en Cárceles “Educa” de la Facultad de Periodismo y Comunicación Social; el Programa de Acompañamiento a Estudiantes Privados/as de la Libertad de la Facultad de Humanidades y Ciencias de la Educación; y el Programa de Educación en Contextos de Encierro de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales.

La presencia de la UNLP en el ámbito carcelario comienza a mediados de la década de los noventa, época que coincide con un proceso de crecimiento sostenido de la población carcelaria. Esta presencia devino en una intervención cada vez más institucionalizada de la Universidad en las cárceles de La Plata y la región, lo cual se refleja en el crecimiento de la matrícula de personas privadas de libertad en las carreras de grado, la institucionalización de programas y el diseño de políticas y estrategias de inclusión educativa para esta modalidad, así como la producción académica (Zapata, 2022).

La UNLP participa en los ámbitos carcelarios a partir de la incidencia de las organizaciones de la sociedad civil, la demanda de las personas privadas de libertad para estudiar en la universidad y el impulso de docentes en escuelas secundarias en contexto de encierro, proceso que se fue formalizando con prácticas académicas, de formación, investigación y extensión desplegadas por la UNLP en el campo carcelario (Zapata, 2022). Los primeros proyectos de extensión registrados datan de 2002, y fueron promovidos por la Facultad de Artes, la Facultad de Ciencias Agrarias y Forestales y la Facultad de Periodismo y Comunicación Social. Estos abordaron espacios de discusión sobre género, capacitación para el reciclado y formación periodística, gráfica y radiofónica, respectivamente (Zapata, 2022).

La extensión como encuentro de saberes se inscribe en una perspectiva de diálogo, de una concepción emancipadora y libertaria de la educación y la comunicación. La intervención pedagógica en cárceles se enfrenta a múltiples desafíos: se trata de un territorio atravesado por desigualdades en el acceso a derechos, por lógicas represivas, y también por lenguajes propios, dinámicas de organización colectiva y resistencias que le brindan una especificidad. El limitado acceso a derechos, como a la educación y al trabajo, en contextos de encierro, dentro de una compleja trama de mercantilización de derechos (Zapata, 2022), da cuenta de la importancia de la intervención de actores de la educación para garantizar su acceso. A su vez, las prácticas pedagógicas –en el caso del programa Voces que Liberan, los talleres de radio y escritura– se encuadran en una lógica de derechos humanos que reconoce a las personas privadas de libertad como sujetos portadores de ellos; que interpreta a los grupos desde sus trayectorias de vida para garantizar un proceso de enseñanza y aprendizaje dialógico, empático y responsable (Zapata, 2022); que valida sus trayectorias y saberes, y legitima sus espacios de construcción colectiva (como los centros de estudiantes, bibliotecas, talleres de oficio, equipos deportivos, redes de solidaridad en los pabellones, entre tantos otros). En este sentido, presentamos una serie de elementos que se trabajaron en el curso, cuya propuesta de trabajo final fue la producción de una planificación de un taller, un ciclo de talleres o un proyecto de extensión en contexto de encierro, según los intereses y recorridos previos de quienes participaron.

Definición de la problemática comunitaria en la que se busca intervenir

Como menciona Ignatieff (citado en Caimari, 2007), el encarcelamiento nos habla más de los grupos poblacionales y delitos seleccionados para el castigo que de los índices de delito reales. En los procesos de criminalización, el sistema penal conforma sujetos/as de encarcelamiento mucho antes de que se cometan los delitos, y hace que el encierro sea un destino posible en sus trayectorias desde temprano. Esta criminalización, asimismo, requiere una estigmatización social previa que funciona caracterizando determinados sujetos/as como peligrosos en la configuración de la inseguridad como problema público. De esta manera, la intervención pedagógica en cárceles entra en diálogo con discursos institucionales y discursos mediáticos sobre el encierro y las personas que lo habitan. En el caso de los talleres de Voces que Liberan, el desafío de construir relatos escritos y radiales implica recuperar discursos de la cárcel que muchas veces son invisibilizados o soslayados, tanto en el debate de las políticas penitenciarias como en las declaraciones sobre la cárcel que circulan en medios de comunicación.

Rodríguez (2015) señala que el encarcelamiento actual tiene al menos cinco características: masivo, juvenil, preventivo, rotativo y clasista. Masivo, porque la cifra de población penitenciaria actual es la más alta de la historia del país. La provincia de Buenos Aires, donde se centra la intervención de la UNLP, posee 65 de las 324 cárceles argentinas, y es una de las jurisdicciones con más unidades del Servicio Penitenciario. Según un informe de la Comisión Provincial por la Memoria (CPM, 2020), la sobrepoblación en cárceles y comisarías bonaerenses rompieron nuevos récords al alcanzar 51,000 detenidos para alrededor de 21,000 plazas, y posicionaron la tasa de prisionización de la provincia de Buenos Aires (291 personas privadas de la libertad por cada 100,000 habitantes) por encima del promedio nacional (231 personas por cada 100,000 habitantes) y mundial (145 personas por cada 100,000 habitantes).

Es juvenil, porque el 56% de esta población tiene menos de 35 años, de acuerdo con el Sistema Nacional de Estadística sobre Ejecución de la Pena (SNEEP, 2021), y preventivo, porque el 44.8% de la población se encuentra procesada. Si bien desde 2017 se ha revertido de manera ininterrumpida la tendencia histórica que refiere que las personas procesadas eran más de la mitad de la población carcelaria, una enorme cantidad se encuentra detenida sin condena firme. Esta situación se recrudece en particular para el colectivo trans: como señala la CPM (2022), mientras que en los varones la prisión preventiva alcanza el 52.5%, en las mujeres se eleva al 59.8% y en las personas trans travestis, al 73.2%.

Es rotativo, porque de acuerdo con Rodríguez (2015), en la duración de las estancias en prisión debemos buscar la clave de la función de la cárcel contemporánea. En este sentido, el autor llama “circuito carcelario” a la “alta rotación de la población judicializada o en vías de serlo, por distintos espacios de encierro” (Rodríguez, 2015, p. 39). Esta rotación no solo involucra las cárceles, sino también las comisarías, las alcaidías y los centros cerrados. Los datos de la población penitenciaria actual no incluyen información sobre estas trayectorias perfiladas como peligrosas: cuántas veces fueron demoradas o detenidas por la policía y cuántas pasaron por centros cerrados o comisarías antes de la detención en cárceles. A su vez, la característica de rotativo remite a que esta población encarcelada no estará mucho tiempo encarcelada, sino muchas veces en distintos espacios de encierro.

Es clasista, porque el sistema punitivo recae por lo general sobre el delito desorganizado (Kessler, 2009), es decir, el delito con estructuras pequeñas y fácilmente reemplazables, en vez de actuar sobre el delito organizado como el narcotráfico, el lavado de dinero o la trata de personas, delitos que ocasionan daños mucho mayores en el tejido social. Así, la mayor parte de la población carcelaria está detenida por causas de robo o tentativa de robo y, en segundo lugar, por tenencia o distribución ilegal de estupefacientes. Como afirma Mouzo (2014), estos delitos queda colocado en el centro de la agenda política y mediática, y se transforman en el gran peligro del cual la sociedad tiene que protegerse, mientras quedan en la sombra los grandes delitos económicos que, apoyados en “la delincuencia”, se mantienen en la periferia, lejos del alcance del sistema penal.

Para Juliano (2011), los procesos de criminalización se materializan en que las cárceles están saturadas de sujetos/as que se encuentran en los márgenes de las relaciones de trabajo y los mercados formales. En el caso de las mujeres privadas de la libertad, la inmensa mayoría proviene de los sectores más vulnerados de la población. Estudios del Centro de Estudios Legales y Sociales del Ministerio Público de la Defensa (CELS, 2011) señalan que, en general, se encuentran cumpliendo una pena por infracción a la Ley de Estupefacientes, es decir, por delitos que no suponen violencia contra terceros. Si bien la población penal femenina es del 4.6% de la población total argentina (SNEEP, 2020), el crecimiento del encarcelamiento femenino en el Servicio Penitenciario Bonaerense fue del 159% en las últimas dos décadas. Esto no corresponde a un aumento poblacional ni significa que las mujeres cometan más delitos que antes, sino que se vincula con la desfederalización de la tenencia de estupefacientes, uno de los delitos más habituales en el caso de las mujeres, trans y travestis, muchas de ellas migrantes.

Además, este aumento del encarcelamiento es el resultado de la política criminal de la “lucha contra el narcotráfico”, que, en los hechos, criminaliza los eslabones más débiles de la cadena de narcotráfico: en 2019, el 88.8% de las detenciones fue por tenencia simple de estupefacientes, tenencia atenuada para uso personal y otros delitos previstos en la Ley 23.737 de Tenencia y Tráfico de Estupefacientes, de acuerdo con el Sistema Nacional de Información Criminal (SNIC, 2019). En general, se trata de personas sin experiencia previa en el sistema penal y con importantes responsabilidades familiares: la mayoría de ellas son mujeres jefas de hogares monoparentales y, por lo tanto, su único sostén económico. Por ello, el impacto que representa el encarcelamiento tanto en ellas como en sus familias y redes comunitarias resulta desproporcionado en relación con los delitos cometidos.

En este sentido, tener en cuenta la dimensión de circuitos carcelarios nos lleva a considerar los factores que conducen a la reincidencia. Salir de la cárcel implica una dimensión problemática en la cual las condiciones de vulnerabilidad (preexistentes a la condena) se ven profundizadas. Para Rodríguez (2015), “las personas que pasaron por prisión tienen muchas probabilidades de volver a ser capturados otra vez, sobre todo si son jóvenes, pobres y morochos” (p. 40). Estudios del Laboratorio de Estudios Sociales y Culturales sobre Violencias Urbanas (LESyC, 2023) señalan que, en la provincia de Buenos Aires, la tasa de reincidencia es del 26.2. El 55.8% de los reincidentes cometieron un delito de robo o tentativa de robo; 11.5%, de infracción a la Ley de Estupefacientes; 10.5%, de homicidios dolosos; y 4.8%, de abuso sexual. En la población penitenciaria femenina, las reincidentes representan el 18.5%, en la población masculina, el 26.5%, y en la población trans, el 29.8%. La reincidencia en el delito no puede considerarse una decisión desde una perspectiva individualizante, sino que deben tenerse en cuenta las rutinas burocráticas que componen el sistema penal que llevan a recapturar a los sujetos del encarcelamiento masivo (LESyC, 2022).

A estas dimensiones podríamos agregar, desde una mirada interseccional, que el dispositivo penal también opera con base en coordenadas patriarcales y xenófobas. El control de los cuerpos de las mujeres forma parte de la rutina carcelaria y se manifiesta a partir de violencias simbólicas, sexuales, físicas y psicológicas que padecen las mujeres detenidas en la cotidianidad (CPM, 2022). Las violencias previas a la condena privativa de la libertad no se revierten en la cárcel; por el contrario, se recrudecen con las sanciones en celdas de aislamiento, los traslados arbitrarios, la ausencia de intimidad en general y la presencia e intervención por parte de personal penitenciario masculino en conflictos (Malacalza, 2012). A su vez, la falta de atención de la salud mental y de perspectiva de género ha originado suicidios y muertes evitables en cárceles de mujeres (CPM, 2022).

A lo largo de la historia, los delitos cometidos por mujeres (acusación de brujería, hurtos, infanticidios, abortos) fueron patologizados y asociados con la locura y “desvíos” individuales de la verdadera naturaleza determinada biológicamente (Smart, 1997): la de respetar la ley y la de inscribirse dentro del modelo de madres-esposas recluidas, débiles y sumisas. Con célebres trabajos como Mujeres, crimen y criminología, de Carol Smart (1997), la corriente de la criminología feminista buscó cuestionar los estereotipos sexistas presentes en la criminología clásica. En este sentido, Smart analiza que los estudios clásicos sobre la delincuencia femenina asociaron esta con un determinismo biológico que explica el delito a partir de factores como la menstruación, la menopausia, desequilibrios mentales, la falta de “instinto maternal”, aspectos biológicos que, supuestamente, determinaban las capacidades, actitudes y prácticas de las mujeres; así, se asume que los varones son responsables de sus acciones (incluso de sus infracciones a la ley), mientras que ellas no.

Sin eludir particularidades locales, podemos afirmar que el sesgo patriarcal en el castigo penal reproduce mandatos y parámetros sobre el “deber ser” femenino, que se vislumbra en la sanción de aquellas mujeres que, al cometer un delito, rompen con los roles culturalmente asignados. Coincidimos con Burgos y Penas (2016) en que los sujetos que son alcanzados por el sistema penal representan lo que se considera indeseable como ciudadanía:

No debemos dejar de lado que, cuando entran al sistema penal el aparato policial no siempre castiga el delito en sí mismo, sino que castigan a los sujetos y poblaciones sometidas con el objetivo de refrendar el orden económico y cultural de la sociedad. Por lo tanto, el castigo penal y penitenciario no es una herramienta inocente para brindar “seguridad” a la sociedad, sino que es la expresión de un proyecto político excluyente que mantiene los privilegios de los sectores dominantes (p. 5).

Las causas por las cuales las mujeres son detenidas son reflejos de ideales y proyectos sociopolíticos, ya que el orden macrosocial patriarcal disputa un orden social y, por ende, un sujeto social (Rossi, 2015). Por otro lado, la cárcel, como toda institución, produce subjetividades. En el caso de las cárceles de mujeres, la estructura penitenciaria se convierte en un mecanismo social más en la construcción de las identidades de género basadas en parámetros patriarcales y cis-normativos. Makowski (1996) caracteriza que, en el encierro, las identidades de las mujeres detenidas son fluctuantes, se encuentran “en transición y tensión entre el mundo exterior que ha quedado suspendido y la interioridad del encierro que no termina de aceptarse como permanente” (p. 56). De esta manera, el encierro implica una ruptura con las actividades, roles, experiencias y ámbitos que reafirmaban su identidad en el exterior, proceso de ruptura identitaria que deben recomponer a la par de la construcción de una nueva cotidianidad y de las nuevas redes de interacciones, nuevos sentimientos y prácticas diarias distintas que esta implica (Makoswski, 1996).

Rossi (2015) señala que el encarcelamiento lleva a las mujeres a una situación en la que no pueden satisfacer las exigencias sociales del modelo de “deber ser” femenino. En la sociedad patriarcal y capitalista, las subjetividades femeninas están ligadas al desarrollo exitoso de determinados roles tradicionales, como la maternidad y el cuidado de otras/os. En el encierro, la producción de subjetividad femenina entra en tensión: allí la posibilidad de ejercer los roles asignados culturalmente como la maternidad –sea dentro de la cárcel conviviendo con hijos/as o fuera de ella– está mediada por el sistema carcelario: mientras que el mandato sobre las mujeres es ser las responsables primarias de la crianza, la institución obstaculiza la posibilidad de cumplir con el rol de madres. La legislación penal permite la convivencia de mujeres madres con sus hijos/as en el encierro hasta que estos cumplen los cuatro años de edad. Así, la imposibilidad de asumir los roles que moldean las subjetividades femeninas repercute de manera material y simbólica en ellas mismas.

Malacalza (2012) menciona violencias por razones de género menos evidentes, como la invisibilidad de la problemática en las reglamentaciones vigentes, la disposición de la arquitectura penitenciaria, los mecanismos diseñados para el reforzamiento de los roles tradicionales de las mujeres (como la oferta de formación sexista), la falta de espacios de cuidado de niñeces y de infraestructura adecuada para la crianza de niñas/os, las celdas y duchas colectivas (lo que colisiona contra las características, necesidades y experiencias de las femineidades), la falta de elementos para la gestión de la menstruación y la falta de provisión de elementos de cuidado personal necesarios para el mantenimiento de características físicas que se correspondan con el género autopercibido en el caso del colectivo trans y travesti; y la falta de espacio para visitas íntimas en todas las cárceles de mujeres y de áreas de salud en las cárceles para atención o para embarazadas.

Acceso a la educación en cárceles

Según las estadísticas del SNEEP (2021), al momento de ingresar a la cárcel, el 34% de las personas detenidas había completado la educación primaria; el 26% tenía la escuela secundaria incompleta; el 23%, la escuela primaria incompleta y solo un 10% la escuela secundaria completa. Asimismo, dentro de las unidades penitenciarias, el SNEEP informa que el 49% no participa en ningún programa educativo, mientras que un 21% asiste a la escuela primaria, un 18%, a la secundaria, y apenas un 4%, a la educación universitaria o terciaria. A su vez, un 8% se incorpora a experiencias de educación no formal. En este sentido, las trayectorias educativas fragmentarias no se revierten en la cárcel, donde el acceso a la educación se ve envuelto en una trama de mercantilización de derechos, y aparece como un “beneficio” en vez de un derecho establecido por la Ley 26.206 de Educación Nacional.

Es claro que el derecho a la educación no es el único vulnerado en el encierro. Como afirma el Centro de Estudios Latinoamericanos sobre Inseguridad y Violencia (CELIV, 2022), las condiciones de encierro en las cárceles no promueven un horizonte positivo para el momento de salir en libertad. Según los resultados de la encuesta de 2019 en cárceles bonaerenses y federales, solo el 60% de los detenidos tenía una cama donde dormir, uno de cada dos declaraba no recibir atención médica al enfermarse, y solo el 30% manifestaron tener acceso dentro del penal a servicios que lo preparan para la reinserción.

El discurso resocializador entra en tensión de manera permanente con las lógicas penitenciarias que administran el castigo; una lógica punitiva que tiende a la neutralización e incapacitación de las personas detenidas (Daroqui, 2006). Así, el acceso a la educación en todos sus niveles, a un trabajo pagado o cursos de capacitación son bienes comercializables, negociables para mantener un orden determinado. No obstante, el paradigma resocializador no deja de reproducir la idea de que el sujeto necesita un cambio individual, lo que invisibiliza dos cuestiones centrales: por un lado, las condiciones de vulnerabilidad socioeconómica de quienes son alcanzados por el sistema punitivo; y por el otro, los mecanismos de pauperización y exclusión social –y los altos niveles de violencia que sufren–; al mismo tiempo, se culpa a esos sectores de todos los males cotidianos, los cuales son traducidos como inseguridad. Está claro que las cárceles no solo segregan a la población referenciada como peligrosa, sino que, además, consolidan y profundizan las situaciones de vulnerabilidad socioeconómica previas al proceso penal.

En este contexto, el trabajo extensionista permite abrir espacios de debate y reflexión crítica sobre las trayectorias de las personas detenidas en cárceles, y fomentar procesos de inclusión, reconocimiento de derechos y de asumirse como sujetos políticos, con capacidad de transformar su realidad. A su vez, la perspectiva pedagógica es una apuesta por recuperar y reconocer sus saberes, que no son legitimados socialmente. Así, promover instancias de trabajo colectivo crea una lógica que se contrapone a la visión individualista instalada en la institución carcelaria.

Las prácticas desarrolladas en la extensión se desprenden del problema construido social e históricamente que abordamos. Por ello, para pensar la dimensión ética y política de nuestra intervención en la cárcel, es necesario clarificar la problemática sobre la cual pretendemos intervenir, sabiendo que, desde el trabajo extensionista, no es posible resolver desigualdades o problemas estructurales –por ejemplo, la obstaculización del derecho a la educación–, pero sí dar pasos, sentar precedentes en esa dirección. A su vez, que el hacer el trabajo extensionista junto con otros/as rompe con una concepción paternalista de la intervención y prioriza el trabajo en conjunto con la comunidad, al recuperar sus experiencias, saberes, propuestas y acciones colectivas.

La construcción del problema en el cual se pretende intervenir permite un encuadre, y establecer los límites y alcances de nuestras acciones. Los problemas son construidos social e históricamente porque las desigualdades no están dadas en la realidad social, sino que la labor intelectual consiste en visibilizar y encuadrar los procesos sociales: por eso, decimos que los problemas no “existen” de por sí, sino que se formulan a partir de la reflexión; por ejemplo, en el programa Voces que Liberan, partimos de la construcción del problema de la estigmatización de las personas privadas de la libertad en los medios de comunicación hegemónicos, así como de la falta de acceso al derecho a la comunicación, de ahí que la intervención extensionista apunta a la organización de talleres para la producción de relatos radiales y escritos de personas privadas de la libertad.

Los problemas a los cuales buscamos responder modifican las formas de intervenir en el territorio y, a su vez, el ejercicio práctico de la intervención implica una permanente reformulación de las preguntas que orientan la práctica, ya que nuestra propuesta necesariamente entra en diálogo y es transformada sobre la base de las cuestiones coyunturales, las experiencias y los saberes de las personas privadas de la libertad.

Delimitación de un mapa de actores

El territorio carcelario es heterogéneo. Por un lado, la población penitenciaria presenta distintas características: no es lo mismo planificar una intervención en un centro cerrado para jóvenes que en una cárcel de varones o de mujeres, así como no es lo mismo ingresar a un régimen de máxima seguridad que a uno abierto. Más allá de las condiciones estructurales, cada unidad penitenciaria tiene particularidades que tienen que ver con la zona geográfica, las características de la población penitenciaria y los actores sociales que se encuentran allí. Por eso, cabe preguntarnos ¿a quiénes nos encontramos cuando vamos a una cárcel? ¿Cuáles son sus autoridades y con qué áreas del servicio penitenciario tenemos vínculos? ¿Con qué proyectos, grupos, colectivos es posible tender puentes?

Una vez que tenemos un mapa de actores, es posible avanzar en la delimitación del proyecto: ¿quiénes son los destinatarias/os? (por ejemplo: mujeres que conviven con sus hijos/as, personas que estudian carreras universitarias, personas que asisten a la escuela secundaria). Si bien esto puede ser flexible en la práctica, es imprescindible construir quiénes serán los destinatarios que, a priori, orientarán nuestra intervención.

Elaboración de un diagnóstico

Como establece Colanzi (2017), el diagnóstico es una etapa necesaria para conocer el lugar donde vamos a trabajar, sus características y sus lógicas. Una vez que definimos el problema que queremos intervenir, es posible avanzar en el diagnóstico de cómo se encuentran las destinatarios/as en la cárcel, y así poder visualizar qué oportunidades de intervención existen. A su vez, la construcción de este es un insumo de formación para los extensionistas, así como un aspecto a sistematizar. En primer lugar, se pueden sistematizar ejes de análisis con base en el problema. Para realizar el diagnóstico, es posible recuperar textos teóricos e informes elaborados por organismos a nivel nacional y provincial (CELS, CPM).

No obstante, de acuerdo con Colanzi (2017), existe un déficit de datos, puesto que únicamente consideran las condiciones estructurales del encierro, y dejan de lado las vivencias y experiencias, es decir, los aspectos cualitativos. Los datos estadísticos conforman “fotos” de la cuestión que no evidencian las trayectorias de vida de quienes pasan por la cárcel. Por eso, una posibilidad para enriquecer nuestros diagnósticos es crear instancias participativas donde los destinatarios/as del proyecto sean actores que dialoguen y (re)construyan junto con nosotros/as las problemáticas que atraviesan y sus posibles abordajes. Por último, el diagnóstico no es una etapa que se cierra al comienzo del proyecto, sino que puede ser actualizado en la práctica en función de las experiencias y las observaciones de quienes participan en el proyecto.

Delimitación de un objetivo general y objetivos específicos

Los objetivos son la expresión de lo que se desea hacer; son los propósitos que orientan nuestras acciones; es la finalidad a la cual dirigimos los recursos y esfuerzos. Son los puntos de referencia que guían el trabajo cotidiano y, por ello, tienen que ser realistas y medibles; es decir, en un plazo determinado, al volver a ellos, debe ser posible dar cuenta en qué medida fueron alcanzados.

El objetivo general expresa la acción total que se llevará a cabo y debe ser alcanzable con los recursos disponibles: temporales, financieros, materiales, humanos, etcétera. Los objetivos específicos se desagregan del general y, sin excederlo, lo detallan y especifican.

El enfoque de género

Azcue (2021) sostiene que los feminismos y los estudios de género pusieron en crisis los estudios tradicionales sobre el sistema carcelario en particular y los sistemas penales en general, y evidenciaron que estos responden a una mirada androcéntrica no representativa de la totalidad de la especie humana. Develaron que la cárcel –como institución social– fue diseñada para responder a las características y necesidades propias de las masculinidades en detrimento de las características y necesidades de las personas que no se identifican con el género socialmente dominante. Esta insensibilidad hacia las particularidades de los géneros por parte de los dispositivos de encierro puede significar un sinnúmero de vulneraciones de derechos fundamentales tanto para mujeres como para diversidades en contextos de encierro carcelario.

Si observamos la composición de la población encarcelada actual, advertimos que la inmensa mayoría de la población penitenciaria argentina se compone de varones cisgénero (96.1%, según datos del SNEEP, 2020). Si bien la población de mujeres cisgénero y personas trans es menor (3.8% y 0.1%, respectivamente), destaca que el universo que rodea ese 96.1% de varones suele estar conformado por mujeres: madres, hermanas, parejas, hijas y amigas que asumen roles fundamentales de cuidado en el espacio de las visitas en la cárcel y el seguimiento de la causa penal en general, con todas sus implicancias (viajes a los juzgados, trámites, contacto con abogados/as defensores, entre otras). El espacio de las visitas no solo es un área clave de contención, sino que cumple un rol de provisión de elementos de higiene, alimentos y vestimenta que el contexto de encierro no provee: “... en la fila de visitantes de las cárceles de varones encontramos mayor cantidad de mujeres –cónyuges o parejas, madres, hermanas– y en la de visitantes de las cárceles de mujeres [...] también encontramos mujeres –madres, hermanas, etc.” (CELS, 2011).

De esta forma, las tareas de cuidado culturalmente asignadas a las mujeres (que, a su vez, son tareas no reconocidas en términos sociales) están presentes en las cárceles de diversas formas; por ejemplo, en las visitas que realizan las mujeres y en las complejas tramas de la maternidad en contexto de encierro, que surgen de la importancia que la legislación argentina le otorga a la preservación del vínculo de madre-hijo/a, en especial en los primeros años de vida.

Partimos de la idea de que los géneros, e incluso los sexos, están construidos en la sociedad y que, históricamente, en las sociedades ha habido relaciones de poder que ubicaron en desigualdad de condiciones a determinados géneros. El género estructura y funciona como norma de los cuerpos y las subjetividades, e instituye y justifica desigualdades sociales (Fernández, 2009). Por eso, podemos decir que el género es:

Si asumimos que el género estructura las subjetividades, admitimos que nuestras disciplinas y saberes, desde las cuales pensamos las intervenciones, no se encuentran exceptuadas (Larrouyet, 2017). Por eso, proponemos que el género no se agote en contenidos específicos, sino que se constituya como enfoque transversal de la intervención. En este sentido, un enfoque de género transversal supone:

En este sentido, la intervención con perspectiva de género puede ser cotidiana y transversal. En la guía Desotradxs, de Dagnino y Di Bella (2015), aparece como una cuestión a considerarse desde el rol de la coordinación:

En los talleres con lxs jóvenes nos ha costado profundizar en la temática, pero no por ello podemos decir que no ha surgido a lo largo de los mismos. De hecho, en nuestras conversaciones cotidianas aparecía como discusión encubierta o indirecta: por nuestros modos de escritura y la utilización de la ‘x’ que fue explicitado en el marco de los talleres (y también explicado al principio del presente material); por nuestros modos de hablar, pues en la oralidad, aunque es más difícil quizás dar cuenta de la diversidad de géneros en cada palabra, intentábamos practicar un lenguaje con perspectiva de géneros; por algunas repreguntas cuando la temática aparecía a modo de insultos entre lxs jóvenes, entonces aparecían expresiones como “puto”, “trolo”, “es un gato” que eran secundadas por preguntas del estilo de: ¿homosexual te referís?, ¿a qué te referís cuando decís trolo? ó ¿por qué le decís así?) (pp. 109-110).

Después de las reflexiones anteriores, surge el desafío de comprender la interseccionalidad como una forma de pensar, de preguntar e indagar. Sabemos que hay un sesgo de clase en el encarcelamiento, y que también existen opresiones en términos de género, racialización y nacionalidad.

Intervenir en cárceles desde una perspectiva de género implica un involucramiento con la realidad para propiciar cambios, y concebir esta perspectiva como un eje transversal, un posicionamiento, que puede ser un contenido específico en el abordaje pedagógico, o no. Muchas veces se cree que trabajar con enfoque de género es pensar contenidos sobre o dirigidos a mujeres en contexto de encierro, pero aquí tratamos de ampliar la mirada y desnaturalizar los modos de ser mujeres y varones. Para ello, resulta útil revisar y preguntarnos acerca de las desigualdades de género en nuestras intervenciones, nuestros espacios pedagógicos, nuestras propias trayectorias y las de los destinatarios/as de nuestros proyectos. De igual modo, la perspectiva interseccional nos invita a pensar la articulación del género y otras dimensiones que nos constituyen como sujetos/as: ¿de qué modo aparece la perspectiva de clase en estos espacios? ¿Y la perspectiva de racialización?

Consideramos que, ante todo, trabajar con perspectiva de género en cárceles no solo es necesario para aportar a construir mayores niveles de igualdad incluso en contextos atravesados por la desigualdad, como el encierro, sino también un proceso de sensibilización que es permanente.

La educación problematizadora: el espacio de taller

Por último, para reflexionar acerca de las intervenciones pedagógicas en cárceles, recuperamos algunas características del dispositivo de taller, el cual busca el diálogo de saberes. El taller parte de una concepción que rompe con el paradigma positivista en el que el saber es detentado desde el rol docente, mientras que quienes participan son recipientes vacíos que hay que “llenar de contenido”. Así, en los talleres se busca recuperar los saberes previos de los participantes y las participantes como metodología de la construcción colectiva de conocimiento.

El enfoque de la educación problematizadora busca establecer un ámbito donde es posible construir un horizonte común, y donde el espacio educativo se constituye como un lugar en el que se construye una visión del mundo compartida y se contextualizan, historizan y cuestionan los problemas del cotidiano desde un enfoque transformador. Este enfoque en los talleres sitúa al profesorado en un rol de coordinador que no posee el saber legítimo, sino que cumple una función de guía. A partir de la puesta en común, surgen interrogantes y se diseñan herramientas para pensar los problemas.

Un taller puede ser una intervención en sí misma, que tenga su inicio y su final en una jornada, y también puede estar enmarcado en intervenciones más amplias, con duración de meses o anual, o proyección sostenida en el tiempo. La realización de un taller tiene diferentes instancias: la planificación, la realización y el balance o la autoevaluación.

Planificación

Es el momento en que se definen los objetivos del taller, sus destinatarios/as y las actividades. Una planificación clara posibilita prever qué tareas es necesario ejecutar antes del taller (por ejemplo, buscar insumos para el debate, conseguir materiales necesarios para dinamizar el espacio, como afiches y marcadores, dividir tareas entre los coordinadores/as). En esta etapa se recomienda precisar de antemano qué momentos tendrá el taller y contar con actividades “de reserva” por si sobra tiempo y hay ganas en el grupo de seguir, así como tener flexibilidad para poder “recortar” cuando surjan imprevistos, como comenzar tarde el taller o que un momento se extienda, entre otros. Es importante diferenciar el objetivo del tema del taller; por ejemplo, el objetivo puede ser consolidar un grupo, comenzar a debatir en torno a la despatriarcalización, mientras que el tema del taller pueden ser los estereotipos de género.

Realización

En esta instancia se ejecuta lo planificado, aunque en la práctica puede verse modificado por los sucesos del taller (por ejemplo, darle más tiempo que el previsto a un debate que surgió o contar con menos tiempo para el taller por entrar más tarde de lo previsto a la unidad penitenciaria). Es recomendable establecer roles entre los coordinadores/as para garantizar una participación colectiva en el espacio. Dagnino y Di Bella (2015) así lo establecen:

Los talleres son espacios de libertad en el encierro. No queremos ni pretendemos caer en el costado romántico al que nos podría llevar el hecho de haber afirmado aquello. Pero sí sabemos que lo primero que nos distingue del encierro es justamente su condición de encerrar. Porque el haber transitado algunos de los espacios de privación de libertad, entendimos que allí son muchos otros los derechos que se privan. En el encierro, nuestro lugar como extensionistas está en construir un espacio para generar procesos de enseñanza y de aprendizaje que sean transformadores de prácticas cotidianas. Si bien sabemos que los efectos formativos son ingobernables, estamos convencidas de que los espacios educativos deben ser (en cualquier contexto) espacios de libertad (p. 31).

En este espacio, además de trabajar sobre contenidos, se tejen los vínculos con quienes participan. Aquí es necesario tener una posición de escucha tanto sobre lo que sucede en el taller (qué cuestiones despiertan interés, qué debates se abren, qué temas movilizan) como más allá del taller, como parte de la cotidianidad, las expectativas, las proyecciones, preocupaciones y sueños de los participantes.

Balance o autoevaluación

Por último, la autoevaluación se realiza una vez finalizado el encuentro. Aquí es posible registrar cómo fue el encuentro en general, quiénes participaron, qué aciertos y errores se identifican, qué dinámicas funcionaron mejor, qué sensaciones recuperaron quienes coordinaron, qué debates surgieron, qué producciones se realizaron, entre otros aspectos. Este registro permite reflexionar sobre los pasos que se han dado en pos de cumplir el objetivo del taller. A su vez, este registro puede asumir una forma de relatoría o de crónicas, las cuales son sumamente útiles para sistematizar la experiencia de los talleres.

Algunas conclusiones

La perspectiva del trabajo extensionista en contexto de encierro es una apuesta por recuperar y reconocer los saberes de las personas detenidas, los cuales no son legitimados socialmente, así como crear instancias de reflexión crítica sobre sus trayectorias de vida y espacios de construcción colectiva. Estas instancias colectivas se contraponen a la lógica individualista de la institución carcelaria.

Una intervención comprometida con el enfoque de género nos invita a cuestionar las bases de la sociedad patriarcal en la que vivimos –de la cual la cárcel no está exenta–, y formular preguntas sobre las mismas identidades de los sujetos/as, sus vínculos y su historia, así como los modos en que el género atraviesa nuestra propia práctica como extensionistas. El género nos interpela a revisar la práctica cotidiana para evitar reproducir las desigualdades, al tiempo que propone un horizonte más igualitario.

La reflexión crítica sobre nuestra intervención en el territorio carcelario necesariamente nos lleva a transformarla a partir de las experiencias y los saberes de las personas privadas de la libertad, y buscar la promoción de espacios de construcción colectiva que permitan transformaciones en su realidad cotidiana mediante el acceso a la educación.

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